Ideeleradio.- El Caso Petroaudios, que será sí o sí objeto de enjuiciamiento en el año 2011, será ventilado con las plenas garantía del debido proceso, del derecho de defensa y la presunción de inocencia, sostuvo el titular de la Corte Suprema de Justicia, César San Martín.
“El Caso Petroaudios es un caso emblemático, y que el año que viene sí o sí va a ser objeto de un enjuiciamiento, es un caso de gran trascendencia, ya incluso ha habido decisiones del Tribunal Constitucional en materia de prueba prohibida, en fin es un tema bastante complicado y hay que separar, por un lado, lo que resulta de imputaciones por corrupción de lo que resulta de imputaciones por chuponeo”, sostuvo en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio.
“Ambos procesos [Petroaudios y Business Track] tienen que llegar a su madurez, pero la garantía, que como presidente del Poder Judicial puedo dar, es trasparencia, calidad y que los jueces hagan un juicio con las plenas garantía y el debido proceso. Eso es lo que yo debo de garantizar y que salgan las decisiones que deben salir con pleno respeto al derecho de defensa, a la presunción de inocencia, que se garantice también el derecho a la verdad, etc. Ahí hay que garantizar trasparencia, eso para mí lo más importante”, añadió.
Saluda aclaración del TC sobre ley mordaza
En otro momento, San Martín Castro invocó a los órganos de seguridad del Estado a tratar de realizar las pesquisas necesarias para culminar con el sistema de interceptaciones y se capture a los ‘chuponeadores’.
“Todo este sistema de chuponeo e interceptaciones pareciera que se encuentra aún vigente y que los núcleos más importantes de esta actividad criminal no han sido detectados, no han sido capturados o desactivados. Desde luego, corresponde al Estado y los órganos de seguridad tratar de realizar las pesquisas necesarias para culminar con esta actividad, que lo que hace es perturbar la propia gobernabilidad democrática”, indicó.
El titular de la Corte Suprema saludó, igualmente, la aclaración del Tribunal Constitucional en torno a la resolución que en un primer momento causó preocupación por la mordaza que ponía sobre los medios de comunicación.
Dicho fallo del TC establecía restricciones sobre la difusión de audios que provenían de un acto de interceptación telefónica. No obstante, consideró que faltaría determinar algunos criterios para precisar el uso de una información de “interés público”.
“Las sentencias últimas del Tribunal Constitucional y de la Corte Suprema han sido bastante claras. Un material obtenido con violación del secreto de las comunicaciones por su propio carácter formal carece de efecto legal, es en la doctrina, prueba prohibida, e incluso la prueba derivada de ella también carecería de efectos legales”, manifestó.
“Hay algunas excepciones a esa validez intrínseca, porque hay críticas y contracríticas y el otro tema que es diferente es el uso periodístico de investigación periodística, el Tribunal en su aclaración ya ha sido bastante específico, aunque nos faltaría determinar algunos criterios mínimos para precisar exactamente de cuando se está ante una información de interés público”, indicó.
TC y PJ deben dialogar para evitar discrepancias
San Martín Castro reconoció que siempre habrá tensiones permanentes entre la justicia ordinaria y la justicia constitucional; sin embargo, dijo que esas discrepancias se deberían solucionar en base a un diálogo intenso, incesante, amplio y franco.
“El método parte de dos niveles: la autorrestricción que el TC debe realizar para dedicarse en temas estrictamente constitucionales y de niveles generales y directivas propias por ser el máximo intérprete de la Constitución y, por otro lado, un diálogo intenso, incesante, amplio y franco con las máximas instancias de la justicia ordinaria para de esta forma, ir en beneficio de la comunidad y del derecho, y no en beneficio de nadie, que esto podamos irlo consensuando o en todo caso fijar criterios”, expresó.
“Porque el gran problemas es que cuando trabajamos sobre todo situaciones o conceptos criterios jurídicos indeterminados, ahí está el tema de que cuál es la idea, en qué medida una decisión del TC invade o no las propias esferas de la jurisdicción y en qué medida la jurisdicción ordinaria puede con sus decisiones afectar directamente derechos fundamentales o principios de la Constitución. Aquí debe primar la buena voluntad, el diálogo fructífero y sobre todo una crítica jurídica muy bien entendida”, anotó.
Acuerdos plenarios, lavado y prescripciones
Por otra parte, informó que se ha llevado a cabo un acuerdo plenario donde se han trabajado temas relevantes para que sean fundamento y los jueces puedan seguirlo y los ciudadanos sepan a qué atenerse en los diferentes temas.
“El sexto acuerdo plenario ha destacado mucho el nuevo Código Procesal Penal, el delito de lavado de activos, hemos intentado fijar algunos criterios de hermenéutica, de interpretación, de alcance, hemos indicado algunos indicios tipo, hemos precisado cuales son las característica del tipo legal correspondiente que nos parece que va a dar orientaciones adecuadas a todos los operadores para que puedan trabajar correctamente”, ilustró.
Comentó que el tema de prescripción es un tema de derecho penal material que fue analizado en esta reunión y que “aquí el factor de aplicación es la fecha de comisión del delito” y que a partir de allí se regula el conjunto plural de instituciones que parten de ella.
“Los plenos sirven para que sean aplicadas por los jueces y, por consiguiente, a partir de allí un norte que todos debemos seguir. No es un tema procesal, que sí tiene que ver con la fecha de juzgamiento, ese es un tema y este acuerdo se refiere a la norma pertinente del Nuevo Código Procesal Penal, que sí bien está en el Código es una norma de carácter material con todas las características que le corresponde”, explicó.
Caso Rivera y denuncia contra periodistas
Finalmente, se refirió al caso del asesinato del periodista Alberto Rivera, proceso que se ventila en el Poder Judicial luego de una serie de irregularidades que se registraron para favorecer al ex alcalde de Coronel Portillo, Luis Valdez, principal procesado en este caso.
“El tema de libertad de expresión, delito del honor hemos dictado un acuerdo plenario y cuando llega a la suprema estos casos, lo analizamos desde esta perspectiva, además hay abundante jurisprudencia internacional que perfila cuales son los criterios para valorar o ponderar si una determinada imputación contra un periodista como consecuencia de su actividad excede los niveles de tolerancia o de proporcionalidad y ya pasan a afectar el honor o la intimidad que también es un derecho fundamental, sin desconocer que la primacía, porque contribuye a la formación de la opinión pública en una democracia, corresponde a la libertad de expresión”, concluyó.




