Ideeleradio.- Tras la resolución del Tribunal Constitucional (TC) en el caso “El Frontón” que favorece al ex marino Teodorico Bernabé, es posible que los otros denunciados en este y otros casos pretendan acogerse a la prescripción, pero la última palabra la tendrá el Poder Judicial, afirmó Víctor Cubas, coordinador de la Fiscalía Penal Nacional.Fue al comentar la resolución del Tribunal Constitucional que evita pronunciarse sobre la legalidad de un Hábeas Corpus que archivó -vía prescripción- la denuncia presentada por la Fiscalía en contra del suboficial Teodorico Bernabé Montoya, en el caso de la matanza del penal “El Frontón”, ocurrido en 1986.
“(Los otros denunciados) evidentemente podrían reclamar que habiéndose declarado prescrito el ejercicio de la acción penal en un caso, esa declaración se haga extensiva a otros casos. Ese es un aspecto que les asiste a las personas en el ejercicio de su derecho a la libertad de petición. Ahora la decisión que corresponda al caso le compete emitirla a los órganos jurisdiccionales teniendo en cuenta el ordenamiento legal”, manifestó en Ideeleradio.
“En términos generales cuando una persona logra a través de una resolución de amparo que se le reconozca un derecho, eso tiene un alcance individual. Es diferente a cuando el TC se pronuncia respecto a algo y su pronunciamiento tiene un alcance general. Supongo que en este caso la resolución beneficia a una persona y que el trámite procesal con referencia a los demás sigue vigente. Es un punto que tienen que resolverlo los órganos jurisdiccionales y estaremos a la expectativa de cual sea la resolución de la Sala Penal Nacional que conoce de estos procesos”, anotó.
TC y Corte IDH ya sentaron jurisprudencia sobre imprescriptibilidad
Refirió que el Tribunal Constitucional no se pronunció en torno al fondo del recurso de agravio constitucional que cuestionaba la prescripción que favorece al ex marino y que este órgano sólo se limita a declarar improcedente el recurso presentado por el Instituto de Defensa Legal (IDL).
Cubas Villanueva, remarcó sin embargo que es jurisprudencia ya señalada tanto por el Tribunal Constitucional como por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que los casos que constituyen violación de derechos humanos son imprescriptibles y afirmó que esa ha sido la línea de orientación del Ministerio Público y del Poder Judicial, en relación al trámite procesal de estas causas.
“La Sala Penal (Nacional) ha conocido varios casos en donde los procesados han presentado incidentalmente sus peticiones en el sentido de que los hechos han prescrito argumentando el amparo de leyes de amnistía y la Sala se ha pronunciado que tanto las prescripciones, amnistías o las exoneraciones de responsabilidad penal son improcedentes en el ámbito de derechos humanos”, explicó.
Finalmente, admitió que existe la posibilidad de que quienes se encuentren implicados en otros casos de derechos humanos recurran al argumento legal de Teodorico Bernabé, pero descartó que estos pedidos vayan a ser amparados por lo órganos de justicia.
“Algunos de los presuntos implicados podrían presentarlo, es su derecho de petición. Pero, ese pedido tiene que ser resuelto por los órganos jurisdiccionales, teniendo en cuenta el ordenamiento legal. Lo que se relaciona con el pedido de una persona que ha estado denunciada por los hechos ocurridos en junio de 1986, no creo que necesariamente constituyan un precedente que va a ser tomado en cuenta en todos los demás casos de derechos humanos”, concluyó.

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