lunes 7 de julio de 2008

IDL: Consejeros Edmundo Peláez y Delgado de la Flor deben explicar opiniones contradictorias en torno a caso Romero

Ideeleradio.- Edmundo Peláez y Francisco Delgado de la Flor, presidente e integrante del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) optaron por no destituir al ex titular de la Corte de Lima, Ángel Romero Díaz, a pesar de que en un Anteproyecto de Reglamento Disciplinario del 2007, habían planteado que la emisión de fallos contradictorios ameritaba la separación de un juez o un vocal, reveló David Lovatón, director del Instituto de Defensa Legal (IDL).

“Ese anteproyecto que elaboró la Comisión de Procesos Disciplinarios el 2007, estuvo integrado por Edmundo Peláez, Francisco Delgado de la Flor y el señor (Efraín) Anaya. Ellos consideran –en el documento- una falta grave pasible de destitución, la expedición de fallos contradictorios, justamente la falta que se le imputa a Ángel Romero y en la que los dos primeros votaron por una sanción menor”, manifestó en el programa “No Hay Derecho” de Radio San Borja.

“Esto revela una contradicción de cómo se tiene un doble rasero, totalmente distinto, en el caso Romero y lo que ellos propusieron. El Anteproyecto de Reglamento Disciplinario que está en la página Web del CNM, si bien no está aprobado, es una propuesta de ese grupo de trabajo y es una contradicción que (los consejeros) tienen que responder”, agregó.

Hace algunas semanas, el CNM revocó su propia resolución en la que ordenaba la destitución de Ángel Romero. En la misma, Peláez Bardales y Delgado de la Flor retroceden en su decisión inicial por considerar que la reincorporación de treinta y tres ex trabajadores del BCR es irregular, pero no amerita la remoción del ex presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima.

Preocupante Decreto Legislativo 1070
En otro momento, Lovatón Palacios mostró su preocupación, por el Decreto Legislativo 1070, uno de los 102 dispositivos que emitió el Poder Ejecutivo, bajo el argumento de que busca adecuar la normatividad peruana al Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos.

“Hay un tema muy preocupante, el Decreto Legislativo 1070 que modifica la Ley de Conciliación Extrajudicial. La CERIAJUS que estuvo integrada por todas las cabezas de instituciones del sistema de justicia y fue presidida por el presidente del Poder Judicial recomendó en el 2004, revisar su carácter obligatorio en algunos casos y estimular y promover su aspecto voluntario. Este dispositivo va en sentido contrario y lo extiende. Es una burla a lo que se trabajó en CERIAJUS y es una norma que puede ser impugnada por ser inconstitucional, porque afecta la tutela judicial efectiva, que dicta la Comisión y la Corte Interamericana”, explicó.

Saludó finalmente la designación de Pablo Sánchez Velarde, como nuevo presidente de la Academia de la Magistratura (AMAG), institución que tendrá un papel importante en la formación de conceptos en torno al Código Procesal Penal.